La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó el valor mínimo a partir del cual es obligatorio emitir el Certificado de Transferencia del Automotor (CETA) para la compraventa de vehículos usados. Esto quedó establecido a través de la resolución general 5187/2022 publicada en el Boletín Fiscal el lunes 25 de abril, aunque entrará en vigencia el mes próximo.
De esta forma, desde el 1 de mayo, quienes transfieran autos y motos usadas deberán confeccionar el CETA cuando el precio pactado para la operación o el valor de la tabla de valuaciones de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios sea igual o mayor a $2,4 millones.
El valor mínimo de las transferencias alcanzadas por el CETA no era actualizado desde 2019 y desde ese momento había quedado fijado en $800.000, por lo que la inmensa mayoría de los autos debían tramitar el CETA.
¿Cómo se tramita el certificafo CETA?
Para tramitar el CETA de forma gratuita, es necesario acceder al sitio web de la AFIP, y no se precisa tener clave fiscal. En el CETA se debe consignar el dominio, marca, modelo y fábrica del tipo de vehículo a transferir así como la identificación del vendedor y del comprador, y el porcentaje de titularidad.
Una vez que los datos son cargados no es necesario llevar un comprobante físico del CETA al Registro Nacional de Propiedad Automotor dado que éste recibirá una copia online del trámite realizado ante AFIP.