No es un proyecto, es ley, está reglamentado por la Legislatura porteña y quien no lo cumpla se expone a multas de $1.500: los chicos menores de 12 años (o en su defecto que midan menos de 1.50 m de altura) que viajen en un auto por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben hacerlo en el asiento trasero en un Sistema de Retención Infantil (SRI) que cumpla con las normas internacionales.
La Ley 5.294 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) se sancionó el pasado 18 de julio y fue publicada en el Boletín oficial seis días después y -de acuerdo al Código de Tránsito y Transporte de CABA- establece que “cuando el pasajero sea menor de 12 años o con una altura inferior a 1,50 metros, debe utilizar el sistema o dispositivo de retención infantil correspondiente a su peso y/o altura debidamente homologado”.
Consultado por Cosas de Autos, el especialista en seguridad vial Axel Dell’ olio afirmó que “esto deja afuera a todos los SRI de producción nacional y los arneses, ya que ninguno de ellos cumple en la actualidad con las normas requeridas”.
Las sillitas, “huevitos”, butacas, elevadores (booster) deben cumplir -dice la Ley- con cualquiera de estas normas:
IRAM 3680-1 y 3680-2 (Argentina)
FMVSS213 (EE.UU.)
UNECER44/04 (Unión Europea)
AS/NZS 1754 (Australia y Nueva Zelanda)
INMETRO 14.400 (Brasil)
“En principio la norma había sido aprobada con 49 votos por la legislatura porteña el 18 de junio de este año y faltaba su reglamentación por parte del Poder Ejecutivo y esto se hizo efectivo el 24 de julio publicándose en el B.O 4686 de ese día”, agregó.
La nueva Ley 5.294, especifíca que:
-Está prohibido llevar niños en brazos.
-Los menores de 12 años deben ir en asientos traseros.
-Los menores de 12 años o menores a 150 cm. deben utilizar un SRI.
-Los SRI deben cumplir con norma de homologación.
“Según se establece la normativa, la multa por no llevar a los niños protegidos en su SRI es de 100 unidades fijas, es decir, alrededor de $1.500, considerando el valor del litro de nafta actualmente”, resaltó Dell’ olio.
“Es un paso necesario para generar un cambio de cultura vial en nuestro país, entendemos y esperamos que otros municipios copien esta ‘buena práctica’ aunque no sea muy ‘popular'”, consideró.
“Sabemos también que el Ministerio de Industria de la Nación, que encabeza la Lic. Débora Giorgi, es quien tiene la herramienta técnica para poder darle respuesta a los fabricantes nacionales de SRI, estableciendo por ejemplo un CHAS para los SRI y que de ese modo los fabricantes locales, realicen productos seguros, bajo estándares que le brinden protección al niño pasajero”, puntualizó el especialista.
Hace exactamente un año nos preguntábamos en esta nota ¿Qué es el SRI y por qué no se exige su uso en la Argentina? y ahora empezaron a llegar las respuestas de parte de los gobiernos.
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