Peajes sin barreras, VTV en talleres y autos autónomos, en la Ley Ómnibus de Milei

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Este miércoles, el presidente Javier Milei envió al Congreso de la Nación una Ley Ómnibus en la que se propone una serie de reformas del Estado más que ambiciosa para que se debata en sesiones extraordinarias.

Bajo el nombre “Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”, el texto contiene 664 artículos desplegados a lo largo de 351 páginas, y se incluyen modificaciones de todo tipo y tenor que van desde la reforma electoral, impositiva, en materia de seguridad, y propone privatizar todo lo que sea posible, entre otros puntos.

Como casi no quedó tema por tocar, en el texto hay una serie de modificaciones que tienen que están incluidas en el Título IX llamado “Infraestructura y servicios y actividades asociadas” y que en su capítulo 1 atañe al “Sector del transporte” y en particular propone una serie de cambios a la Ley de Tránsito 24.449.

Taxi autónomo Cruise

La norma añade a los autos autónomos, muchos de los cuales ya funcionan en distintas partes del mundo.

Sugiere agregar el artículo 20 bis que autoriza en el territorio nacional “la conducción por parte de sistemas autónomos para vehículos autodirigidos sean estos particulares, de pasajeros o de carga.”

De aprobarse, la norma le abre las puertas a todas aquellas compañías que prestan servicios con vehículos de conducción autónoma o bien a firmas que tienen modelos que incluyen esta tecnología.

En un agregado señala que “los vehículos autodirigidos deberán contar con un software autorizado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL” y que la autorización será otorgada “si se demuestra fehacientemente una siniestralidad menor al promedio de la siniestralidad correspondiente a la conducción humana”.

Y añade que “dicha autorización no podrá ser retirada excepto cuando dicha condición deje de cumplirse”, y permite “autorizar la circulación provisoria del software o utilizar los datos aportados por sus desarrolladores en otros países”.

VTV en talleres oficiales y no oficiales
El artículo 630 apunta a la VTV o RTO, según como se la denomine, y es algo que había sido objetado por varios legisladores en una serie de proyectos, apuntando a su fin meramente recaudatorio.

Si bien no la elimina, le quita la potestad a las plantas verificadoras que hasta el momento son las únicas autorizadas.

Ahora, este mega proyecto apunta contra el “párrafo tercero del artículo 34 de la Ley 24.449” y propone que “las piezas y sistemas a examinar, la periodicidad de revisión, el procedimiento a emplear, el criterio de evaluación de resultados y el lugar donde se efectúe, son establecidos por la reglamentación y cumplimentados por la autoridad competente. Los talleres de los concesionarios oficiales de los fabricantes o importadores o talleres habilitados podrán realizar la revisión técnica obligatoria, previo cumplimiento de los requerimientos que determine la autoridad competente”.

VTV

La VTV se podría hacer en cualquier taller.

El registro digital sirve
En el artículo 631, la Ley Ómnibus apunta a reemplazar el artículo 37 de la Ley de Tránsito que refiere a la documentación a exhibir en algún control.

“Al solo requerimiento de la autoridad competente se debe presentar la licencia de conductor en formato físico o digital, y demás documentación exigible, toda la cual también puede ser presentada en formato físico o digital, y que debe ser devuelta inmediatamente de verificada, no pudiendo retenerse sino en los casos que la ley contemple”.

Licencia Digital

La licencia digital tendrá la misma validez, siempre.

Peajes sin barreras
El artículo 634 propone la incorporación del artículo 49 bis a la Ley de Tránsito y cuyo texto consigna: “PEAJES. En todas las rutas del país los peajes deben ser de la modalidad de peajes inteligentes que no obstactulizan el tránsito vehicular”.

Se fija como plazo para esto el 31 de diciembre de 2025.

peaje sin barreras

AUSA ya implementó con éxito el peaje sin barrera en la Autopista Illia.

Transporte de cargas libre
El artículo 56 señala que el transporte de cargas es libre en la REPÚBLICA ARGENTINA sin otro requisito que el vehículo cumpla los requisitos de esta ley”, y establece una serie de consideraciones que compartimos abajo.

Requisitos transporte de carga

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Sobre el Autor

Periodista desde 1994 y amante de los autos de toda la vida. En 2006 le di forma a este blog. ¿Más datos? Clic en la casita ->

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